
En Argos estamos convencidos de que la ética y la transparencia son fundamentales y no negociables. Actuamos con honestidad y rectitud, y propendemos por generar relaciones de confianza con nuestros grupos de interés. Por eso, aplicamos controles definidos para la identificación y gestión de los riesgos que se pueden derivar del desconocimiento de nuestra contraparte. Uno de ellos es la DEBIDA DILIGENCIA.
La Debida Diligencia es un procedimiento que tiene por objeto el conocimiento de las contrapartes de la compañía, la identificación de alertas de las actuaciones indebidas asociadas a terceros, así como la definición de medidas necesarias para prevenir los riesgos de cumplimiento, entre los cuales se encuentra el lavado de activos, la financiación del terrorismo, el fraude, el soborno y la corrupción.
Este procedimiento lo realizamos a través de la Carta de Debida Diligencia que les compartimos desde el área de Abastecimiento o de Datos Maestros Proveedores, para tener un conocimiento amplio de nuestras contrapartes que nos permita realizar la consulta de antecedentes, en el programa de listas restrictivas y demás fuentes, de nuestros proveedores y sus representantes legales, beneficiarios finales, accionistas y miembros de junta directiva.
Mediante un adecuado conocimiento de las contrapartes evitamos impactos económicos, legales, operaciones y reputacionales. Por eso, por lo menos una vez al año, te solicitaremos diligenciar la Carta de Debida Diligencia para cumplir con la normatividad y contar con información actualizada de nuestras contrapartes. Asimismo, este procedimiento será necesario previo a la culminación de negociaciones y adjudicación de contratos.